Juan Mancino, miembro del Estudio Rubio y asociados, respondió preguntas de los docentes referidas al Código Jubilatorio y otras inquietudes previsionales.
¿Qué es el código jubilatorio y porqué es prioritario controlarlo antes de ingresar al IPS?
Lo que tiene que saber el o la docente cuando tiene el código jubilatorio es que la administración pública habla a través de un acto administrativo, que es la resolución de cese. A su vez, tiene lo que se llama la certificación de servicio, que es parte integrante de ese acto. Comúnmente se le llama Código.
En esa certificación de servicio se describe toda la actividad docente, donde vos ves su mejor cargo, su antigüedad, sus datos personales, cuáles son los cargos que tuvo como titular, cuáles no… Y en ese orden de ideas, como está toda la descripción, lo que tiene que tener en cuenta es controlarlo y que sea coincidente lo que describe el código con que fue la actividad del docente o la decente. Tiene que ver que, si no lo controla o si lo controla y lo encuentra con algún error, hay que corregirlo previo a la entrada al IPS. Esto es para que luego no le traiga consecuencias, o en la composición del haber o en el pago de la retribución especial, etcétera.
Seguro Provincia: ¿Qué les ofrece a los docentes?
Hay un seguro de vida colectivo, que hoy por hoy lo administra Sancor Seguros, y que Provincia Seguros obviamente también es parte, porque está involucrado. Desde 2019 Sancor lo tiene en su administración. Y les han propuesto a los docentes un cambio de póliza, el cual tiene una cuestión fundamental: cubre la vida y cubre las incapacidades, total parcial o permanente por enfermedad o accidente. Cuando los asesoran, por lo menos lo que nos han transmitido los docentes al consultarnos es que no les cuentan o no los asesoran correctamente.
Eso los hace caer en un equívoco que es cambiarse de póliza y el seguro termina siendo solamente seguro de vida. No les va a cubrir la incapacidad por enfermedad o accidente, solamente por accidente. Entonces cuando cesan a los 50 años, 53 o 58, claramente lo único que podrían reclamar son las incapacidades, la gran mayoría por una cuestión de edad. Y no lo van a poder hacer porque hay un pequeño cambio en la cláusula que los perjudica.
Entonces en ese orden de ideas, lo que quería comentarles es asesórense, antes de llevar adelante ninguna firma, ningún cambio de póliza. Si les proponen que renueven datos, no lo hagan, total no tienen por qué hacerlo de inmediato.
Nos han contado que han llegado a las instituciones, les han dicho que son del consejo escolar, les dan una charla, los hacen firmar como una supuesta renovación de datos y eso provoca que el docente no esté del todo asesorado. Entonces, es preferible ahí no hacer nada, llamar al profesional que tengan a mano, pueden llamar al estudio, los podemos asesorar. Después si la decisión del docente es cambiarse de póliza porque lo creen conveniente, genial.
Pero la idea es que se asesoren porque no es una cuestión menor. Después cuando cesan y quieren reclamar el código, se encuentran con esa sorpresa. Que no sé cuál es el motivo si es que el docente no entendió, o es que se lo asesoró mal. Cualquiera sea el motivo, antes de hacer cualquier cambio, o firmar cualquier papel, asesorarse con el profesional de confianza.
¿Trabajar en escuelas con ruralidad cambia la jubilación?
La ruralidad es el pago de una bonificación por las características del lugar donde se desarrolla la actividad. Cuando determinás el mejor cargo, vos tenés 3 años de continuidad en ese cargo, o 5 años de forma discontinua. Si en esa determinación de mejor cargo, el mejor cargo tiene ruralidad, obviamente, así como lo benefició la ruralidad cuando estaba en actividad, lo va a beneficiar cuando se determine como mejor cargo porque se va a ver directamente relacionado con lo que va a cobrar económica mente con el haber jubilatorio
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