Jubilación docente - Seguir trabajando cumplida la edad

¿Puedo seguir trabajando después de cumplir los años de servicio?

Juan Mancino, de Estudio Rubio y Asociados, respondió distintas consultas de los docentes como la posibilidad de seguir trabajando una vez cumplidos los años de servicio

¿Qué es la hoja de vida?

Con relación a qué es la hoja de vida, voy a tratar de ser sintético. Es la radiografía, es el detalle de lo que el docente realizó como tal. O sea, la descripción de esos servicios que prestó para el estado como docente.

Obviamente solo se refleja lo público. Con relación a lo privado, lo tendrán en la certificación pertinente al momento de jubilarse, que se requiere al privado por si tiene una jubilación mixta.

Y lo importante, de la hoja de vida, es que si hay algún servicio que no esté reflejado, tiene que hacerlo reflejar el docente. Aquellos que son del año 2000 para atrás, tienen que hacer un formulario 354. Lo carga el profesional que carga la jubilación, y lo presenta como pdf. Ese formulario tiene que estar certificado por autoridad competente, que va a apelar a los registros o a la documentación que tenga el docente para certificarlo. Por el otro lado, aquellos que sean posterior al 2000, tienen que hacer el mismo formulario, pero tienen que hacerlo valer en contralor.

¿Qué pasa si cumplo los años de servicio y quiero seguir trabajando?

Lo puede hacer tranquilamente. Hubo un pedido determinado en que, por ejemplo, a los auxiliares, si tenían más de 65 años, se hacía lo que era la jubilación por edad avanzada, y lo hacía de forma compulsiva el Estado. En el último tiempo a esta época no se ha hecho, y pueden seguir trabajando, no perjudica en nada.

Lo que sí, siempre tengan en cuenta el porcentaje que tienen con respecto a, si el docente tiene 50 años de edad y 25, va a cobrar el 70 por ciento. Si tiene 53 y 28 años, va a cobrar el 75. Si tiene 58 de edad y 30 de servicios, va a cobrar el 80 por ciento del haber jubilatorio, para el cálculo. Pero todo lo que trabaje de más después de esos 58 años y 30 de aportes, o después de los 30 de aportes, que sepa que no le va a sumar ningún porcentaje más de consideración.

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