Juan Mancino, de Estudio Rubio y Asociados, brindó detalles a tener en cuenta a la hora de encarar las jubilaciones. En ese marco señaló que ante las trabas se puede acudir al amparo por mora.
¿Se puede mantener la Obra Social IOMA al jubilarse por ANSES, o es obligación tener la provista por ANSES?
Puntualmente respecto de lo que es la obra social, la brinda ANSES, claramente IPS no porque es provincial, y va a tener lo que brinda ANSES propiamente dicho.
Una cosa que por ahí está bueno que sepa el docente o la docente, respecto de lo que es la caja otorgante del beneficio jubilatorio, es que, cuando el docente piensa en “cuántos años tengo en ANSES”, no solamente es lo que le aparece en la certificación que le hace ANSES. Sino también, si tuviste un monotributo y lo dejaste de pagar en su momento y dijiste “bueno, si no tengo los aportes pagos no van a entrar”, eso es incorrecto. Y un error que normalmente cae el docente y después se encuentra con el problema de que se tiene que jubilar por otra caja.
No sé si se entiende o por ahí es muy sintético, pero lo tiene que tener en cuenta el docente. Al momento de tener en cuenta qué va a hacer con los aportes de ANSES, o qué aportes tiene. No sólo los que reconoce en el reconocimiento de servicio, sino también en aquellos que haya devengado por más que no los haya efectivizado.
Lo que tiene que ver con la obra social, es propiamente la que da ANSES. O sea que es PAMI.
¿A qué se llama mejor cargo? ¿Qué se tiene en cuenta para que sea así?
Lo que tiene que ver con el mejor cargo del docente, ahí tiene que tener el docente en cuenta toda su carrera como tal, y en esa carrera como tal, cuál fue su mejor desempeño en términos económicos.
Por ejemplo, si vos estuviste de director, de vice, o tuviste un cargo jerárquico que no sea ese, o te desempeñaste con un doble cargo en un determinado momento. Eso es lo que se tiene en cuenta para determinar luego cuál va a ser el valor del haber jubilatorio.
Ahí tiene que tener en cuenta dos situaciones. O tiene en cuenta los 36 meses consecutivos, o los 60 alternados. Si vos estuviste durante ese mejor cargo 36 meses consecutivos sin que te hayan descontado un día, te van a poder tomar como mejor cargo. Ahora, si a vos te cortó esa continuidad, por ejemplo, el que te hayan descontado un día, o dos o tres, o una licencia sin goce, bueno, ahí te lo va a cortar. Y vas a tener, para hacer valer ese mejor cargo, por ejemplo, un cargo directivo, lo vas a tener que hacer valer 60 meses continuados, con los cortes que te acabo de referir.
El mejor cargo hace a la esencia económica del haber jubilatorio y eso es una de las cuestiones a tener en cuenta al momento de jubilarse.
¿Por qué algunas jubilaciones son ágiles y otras demoran tanto? ¿Y de qué depende eso?
Lo que tiene que tener en cuenta el docente es que no hay jubilaciones ágiles o jubilaciones no ágiles. En realidad, todas deberían ser ágiles, y deberían estar, en promedio, en diez meses terminada la jubilación.
El tema que muchas veces la administración, por cúmulo, por burocracia, o por el tema propio de cada jubilación puntual se encuentra con trabas que la administración por ahí no da en el tiempo lo que debería dar. Y ahí el recurso que nosotros damos en el estudio es que utilicen la herramienta jurídica que es el amparo por mora. El amparo por mora ayuda al docente a poner un juez en el medio que ordene que esa mora que se está provocando cese y les saquen la jubilación.
Muchas veces cuando van a IPS le ofrecen hacer un pronto despacho. “Meta un pronto despacho, señor o señora”, que va a poder agilizar la jubilación. Y eso es falso. De la única manera que lo van a poder agilizar son, o la administración toma el caso puntual y lo resuelve, o como pasa por lo general, se utiliza el amparo como herramienta jurídica para poder destrabar esa situación.
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