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Jubilación Docente: Roles de caja, aporte y antigüedad

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Ignacio, de Estudio Rubio y Asociados, respondió diversas preguntas de docentes respecto a cuestiones previsionales.

¿A dónde se tienen que dirigir quienes le falten algunos años de antigüedad estatal y trabajen actualmente en el ámbito privado?

“Yo lo que le diría es que haga un reconocimiento de servicios sin fines previsionales a través del formulario C en la plataforma de ABC. Hoy se firma todo digitalmente. Una vez finalizado por el organismo estatal lo lleva a su establecimiento educativo, a su escuela privada y el representante legal le tendría que reconocer esos años”

A una persona que durante 20 años hizo aportes al ANSES y hace 10 es empleada de la Provincia de Buenos Aires. ¿Le conviene no pasar sus aportes al IPS y jubilarse a través del ANSES con el 82 por ciento móvil?

“El docente o el trabajador en general no puede libremente pasar sus años. La caja en la que más aportes tiene va a determinar su rol de caja. Hoy se jubilaría por ANSES. Por la caja nacional. Debería seguir aportando en el IPS un tiempo más, unos diez, once años más como para que este rol de caja cambie y se pueda jubilar por el IPS.”

Como recomendación personal, agregó que conviene priorizar los aportes a la caja de la Provincia, porque los haberes jubilatorios suelen ser mejores a los de Nación. “Debería pasar en años a lo aportado por ANSES. Si tiene 20 años en ANSES, ya con 20 años y un día se podría jubilar por el IPS.” Explicó además que al ser aportes comunes los de ANSES, a través de un prorrateo de años se pueden utilizar esos años para conseguir la jubilación, ahora por el IPS.

¿En educación se pueden jubilar por problemas de salud teniendo 21 años de aportes?

“Sí, en este caso, teniendo en cuenta que la regla son los 25 años de antigüedad y los 50 de aportes para una jubilación ordinaria.” Ignacio dijo que, en casos de problemas de salud de cualquier tipo, “sí se puede jubilar por incapacidad o por invalidez. En este caso lo evalúa una junta médica que tiene que determinar una incapacidad igual o mayor a un 76 por ciento. En ese caso la aceptan por incapacidad y la jubilan”

¿Las horas extraprogramáticas se pueden computar como antigüedad docente? Hay docentes que necesitan demostrar esa antigüedad para presentar en otras escuelas, y las escuelas privadas se niegan a emitir un certificado por esas horas extraprogramáticas

“Tenemos que determinar primero si ese colegio privado está reconocido como establecimiento educativo. Hay muchos colegios privados que no tienen ese reconocimiento. Entonces primero hay que consultar esa cuestión. Si es un establecimiento educativo, si así está reconocido, las autoridades del colegio deberían extender un certificado para que lo acredite en otra escuela”

“Surge otro problema con los aportes que son de horas extraprogramáticas”, agregó el entrevistado. “Generalmente esos aportes van al ANSES, no como de docentes sino como aportes comunes. En el caso de que se haga un aporte común por esas horas extraprogramáticas, no se consideraría como antigüedad docente.”

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